- Las pérdidas esperadas pueden ser descritas como pérdidas históricas promedio, es decir pérdidas habituales que resultan del desarrollo natural de los negocios de las entidades financieras.
- Las pérdidas inesperadas son desviaciones del promedio que pueden poner en riesgo la estabilidad de la entidad.
Previsiones
En el contexto del riesgo de crédito, las previsiones reducen el valor original del crédito al valor presente estimado, tomando en consideración el nivel de deterioro del crédito en el tiempo. La imposibilidad de identificar y reconocer este deterioro en el tiempo puede agravar y prolongar los problemas financieros e incrementar el costo de lidiar con estos.
El Comité de Basilea considera que es responsabilidad del Directorio y la Alta Gerencia, mantener niveles adecuados de previsiones, y sugiere además que las previsiones deben ser suficientes para absorber las pérdidas del portafolio de créditos estimadas en el tiempo (Sound Credit Risk Assessment and Valuation for Loans, Consultative Document, Basel Committee on Banking Supervision - 2005).
Para cubrir las pérdidas esperadas, la normativa boliviana establece dos tipos de previsiones, las específicas y las genéricas.
Las previsiones específicas se determinan en función a la evaluación y calificación de la cartera de créditos de las entidades financieras. La calificación está referida a la estimación del riesgo de incumplimiento, basada en la evaluación de la capacidad de pago de un deudor para cumplir con las obligaciones financieras contraídas. La calificación puede realizarse en forma manual o automática. Por lo general, la cartera de créditos comerciales se califica en forma manual e individual, y la cartera de créditos hipotecarios de vivienda, microcréditos y consumo (llamada también cartera masiva) tiene una calificación automática que depende de los días en mora que se encuentran las operaciones.
Para calcular la previsión específica de una entidad, se utilizan los saldos de créditos directos y contingentes, y en función a la calificación que tiene cada uno de los deudores, se le aplica el porcentaje de ponderación y se determina un monto de previsión que debe ser constituido. Para el efecto, se establecen ocho categorías de calificación de riesgo (de la A hasta la H) con porcentaje de previsión desde 1% a 100%.
La utilización de garantías puede bajar el requerimiento de previsiones. Las garantías hipotecarias permiten bajar un 50% el requerimiento de las previsiones, y las garantías autoliquidables (tipo de garantía que debe ser definida por la entidad y que por lo general puede ser dinero en efectivo, depósitos a plazo o Cartas de Crédito) pueden disminuir el requerimiento de previsión hasta en un 100%.
Las previsiones específicas adicionales, se refieren a la previsión requerida por la SBEF por encima de la previsión específica constituida por la entidad de intermediación financiera, como consecuencia de discrepancias en la calificación de riesgo de los deudores.
Previsión Genérica
Las previsiones genéricas son aquellas que no son atribuidas a ninguna operación o deudor en particular. En el caso de créditos comerciales son requeridas sobre el total de la cartera de créditos y contingentes que no fueron objeto de evaluación individualizada. Para la cartera masiva, el porcentaje a constituir por este tipo de previsión, depende de riesgos de incobrabilidad adicionales a la morosidad, los cuales son determinados en base al grado de incumplimiento a las políticas y procedimientos, y desviaciones a las tecnologías crediticias de las entidades.
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