Definición
El riesgo de mercado se define como la probabilidad de sufrir pérdidas ante movimientos adversos en los precios de mercado de los instrumentos financieros en poder de la entidad.
El riesgo de mercado nace de la estructura competitiva de los mercados financieros, que convierte a los precios en conductores de información sobre las características de los productos financieros. Entre los conductores se han identificado los siguientes precios: el tipo de cambio, la tasa de interés, los valores de renta variable (equities) y las materias primas (commodities), los mismos que responden a eventos generales o específicos.
Riesgo General y Riesgo Específico
El riesgo de mercado general (sistémico) se refiere a cambios en los precios de mercado que resultan del comportamiento general del mercado.
El riesgo de mercado específico (no sistémico) se refiere a cambios en los precios de mercado específicos a un instrumento, independientes de los movimientos generales del mercado.
Libro de Banca y Libro de Negociación
La distinción entre el libro de banca (banking book) y el libro de negociación (trading book) de una entidad financiera resulta del tratamiento del capital:
- El libro de banca se refiere a posiciones que se mantienen hasta su vencimiento, lo que implica que no existe una intención de negociación y normalmente estas posiciones son ilíquidas o son posiciones líquidas que se pretenden mantener en el largo plazo hasta su vencimiento. Los requerimientos de capital del libro de banca se aplican a los riesgos de tipo de cambio y de materias primas.
- En el libro de negociación las posiciones se mantienen con la intención de ser negociadas y son más vulnerables a cambios de corto plazo en sus valores. Los requerimientos de capital del libro negociación se aplican a los riesgos de tasas de interés, tipo de cambio, valores de renta variable y materias primas.
El siguiente cuadro esquematiza el efecto de los conductores del riesgo de mercado en los libros de negociación y banca de una entidad financiera:
Capital Regulatorio para Riesgo de Mercado
El acuerdo de capital de 1988 (Basilea I) requería que las entidades financieras mantengan capital regulatorio para el riesgo de crédito. La Enmienda al Acuerdo de Capital para incorporar Riesgos de Mercado ―publicada en 1996 y actualizada en abril de 1998― requirió que las entidades financieras mantengan también capital regulatorio para riesgos de mercado.
En la Enmienda el Comité de Basilea propuso dos metodologías para medir el requerimiento de capital por riesgo de mercado:
- El método estandarizado, que es el método básico aplicable a todas las EIF.
- El método de modelos internos, que permite a las entidades financieras utilizar sus propios modelos para medir y calcular sus cargos de capital, sujetos a la validación y aprobación del supervisor.
Finalmente, cabe señalar que en el mercado financiero de Bolivia, los riesgos de mercado más relevantes son el riesgo de tipo de cambio y el riesgo de tasa de interés.
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